alquidelrio.es, perteneciente a la empresa: Cerámica del Río Salado, S.L, ( de ahora en adelante denominado "Arrendador" ), alquila al Cliente identificado en el contrato ( denominado de ahora en adelante "Cliente") el vehículo referido en el contrato ( de ahora en adelante " Vehículo") de conformidad con las clausulas y condiciones de aquí y en las tarifas vigentes correspondientes se establecen, de las que el cliente con su firma en el lugar designado en el contrato de alquiler, al efecto conoce, acepta y se compromete a cumplir.
info_outlineIMPORTANTE: La edad mínima para alquilar nuestros vehículos debe ser de 26 años.
1. Utilización del Vehículo
1 - Bajo pena de exclusión de la cobertura del seguro y por consiguiente, de quedar sin seguro, el cliente se compromete a que el vehículo no sea conducido por otra persona o personas, que las identificadas y aceptadas por el arrendador según lo estipulado en el contrato o cualquier anexo o modificaciones que constituyan parte inseparable del propio contrato.
2 - El cliente se compromete a no dejar el vehículo o no dejar que el mismo sea utilizado bajo pena de incurrir en la exclusión del seguro referida en la primera parte del párrafo anterior, en los siguientes supuestos. A) Transporte de pasajeros o mercancías, a titulo oneroso, cualquiera que sea la remuneración elegida y la forma escrita o verba del compromiso. B) Empujar o remolcar cualquier vehículo o cualquier otro objeto rodante o no. C) Participar en competiciones, oficiales, o no oficiales. D) Conducir bajo los efectos del alcohol, narcóticos, etc. E) Transporte de mercancías con infracción de ley conforme: código penal, código de circulación y demás disposiciones legales vigentes o con fines ilícitos. F) Transporte de pasajeros o mercancías en número superior al indicado en el registro del vehículo.
3 - Solo están autorizados a conducir el vehículo las personas referidas en el artículo 1, y con la condición de que hayan cumplido 21 años, según el grupo al que pertenece el vehículo y sean titulares del permiso de conducir de al menos 2 años de antigüedad.
4 - El cliente se compromete a mantener el vehículo cerrado cuando no lo utilice y a conservar personalmente los documentos que no dejara dentro del mismo.
5 - Queda expresamente prohibido a cliente, ceder, vender, hipotecar, pignorar, o de cualquier manera dar en garantía el vehículo, el contrato de alquiler, la documentación, el equipamiento del vehículo, las herramientas, o tratar lo anterior de manera que cause perjuicio al arrendador.
6 - Cualquier infracción a las presentes condiciones de este articulo, autoriza al arrendador a retirar el vehículo al cliente sin previo aviso y sin perjuicio a las indemnizaciones que por norma legal o contractual que este se compromete a cumplir, sea de aplicación.
2 - El cliente se compromete a no dejar el vehículo o no dejar que el mismo sea utilizado bajo pena de incurrir en la exclusión del seguro referida en la primera parte del párrafo anterior, en los siguientes supuestos. A) Transporte de pasajeros o mercancías, a titulo oneroso, cualquiera que sea la remuneración elegida y la forma escrita o verba del compromiso. B) Empujar o remolcar cualquier vehículo o cualquier otro objeto rodante o no. C) Participar en competiciones, oficiales, o no oficiales. D) Conducir bajo los efectos del alcohol, narcóticos, etc. E) Transporte de mercancías con infracción de ley conforme: código penal, código de circulación y demás disposiciones legales vigentes o con fines ilícitos. F) Transporte de pasajeros o mercancías en número superior al indicado en el registro del vehículo.
3 - Solo están autorizados a conducir el vehículo las personas referidas en el artículo 1, y con la condición de que hayan cumplido 21 años, según el grupo al que pertenece el vehículo y sean titulares del permiso de conducir de al menos 2 años de antigüedad.
4 - El cliente se compromete a mantener el vehículo cerrado cuando no lo utilice y a conservar personalmente los documentos que no dejara dentro del mismo.
5 - Queda expresamente prohibido a cliente, ceder, vender, hipotecar, pignorar, o de cualquier manera dar en garantía el vehículo, el contrato de alquiler, la documentación, el equipamiento del vehículo, las herramientas, o tratar lo anterior de manera que cause perjuicio al arrendador.
6 - Cualquier infracción a las presentes condiciones de este articulo, autoriza al arrendador a retirar el vehículo al cliente sin previo aviso y sin perjuicio a las indemnizaciones que por norma legal o contractual que este se compromete a cumplir, sea de aplicación.
2. Estado del Vehículo
1 - El cliente expresamente reconoce que ha recibido el vehículo en perfecto estado de funcionamiento y con sus cinco neumáticos en buen estado y sin pinchazos. En caso de deterioro de cualquiera de ellos, por causa que no sea el desgaste normal, el cliente se compromete a reemplazarlo inmediatamente a su cargo, por un neumático de idénticas características y del mismo fabricante.
2 - Está expresamente prohibido al cliente manipular los contadores de kilometraje, si tal ocurriese , el arrendador queda autorizado a facturar al cliente 500 km por un día de alquiler, sin perjuicio de ejercer las oportunas acciones legales por presunto fraude.
3 - Queda expresamente prohibido al cliente variar cualquier característica técnica del vehículo, inclusive la pintura, siendo todos los gastos de reacondicionamiento por cuenta del cliente.
2 - Está expresamente prohibido al cliente manipular los contadores de kilometraje, si tal ocurriese , el arrendador queda autorizado a facturar al cliente 500 km por un día de alquiler, sin perjuicio de ejercer las oportunas acciones legales por presunto fraude.
3 - Queda expresamente prohibido al cliente variar cualquier característica técnica del vehículo, inclusive la pintura, siendo todos los gastos de reacondicionamiento por cuenta del cliente.
3. Alquiler. Deposito. Prolongación
1 - El precio del alquiler, así como el depósito y el precio de la prolongación, se determina por las tarifas vigentes en cada momento y pagados al inicio del alquiler.
2 - En ningún caso el deposito podrá servir para una prolongación del alquiler.
3 - En caso de infracción a los establecido en el apartado anterior, el arrendador conservara el derecho a hacer la reclamación judicial que estime oportuna.
4 - El cliente se compromete a devolver el vehículo al arrendador en la fecha y hora previstas y en el lugar convenido en el contrato de alquiler, únicamente se considera servicio terminado una vez que el vehículo ha sido devuelto al arrendador.
2 - En ningún caso el deposito podrá servir para una prolongación del alquiler.
3 - En caso de infracción a los establecido en el apartado anterior, el arrendador conservara el derecho a hacer la reclamación judicial que estime oportuna.
4 - El cliente se compromete a devolver el vehículo al arrendador en la fecha y hora previstas y en el lugar convenido en el contrato de alquiler, únicamente se considera servicio terminado una vez que el vehículo ha sido devuelto al arrendador.
4. Pagos
1 - El cliente se obliga a pagar al arrendador a petición de este:
A) Las cantidades correspondientes a la duración del alquiler y daños ocurridos en caso de coalición y que no estén ya cubiertos por la póliza de seguro, las primas del seguro del conductor y de los pasajeros transportados en dicho vehículo alquilado, si tal seguro ha sido convenido y a cubrir eventuales gastos de asistencia médica y sanitaria en el caso contrario si el limite ha sido excedido.
B) Cualquier impuesto, tasas, contribuciones directas e indirectas que graven rentas, primas. gastos e indemnizaciones previstas.
C) Todos los gastos judiciales y extrajudiciales, multas, cartas, desembolsos e impuestos por cualquier cantidad debida por el cliente.
D) Todos los gastos que debe realizar el arrendador, incluso los judiciales y los honorarios razonables del abogado, procurador o notario contratado por el arrendador para obtener el pago de cualquier cantidad debida por el cliente.
E) Los gastos que deba realizar el arrendador para reparar los daños causados por la colisión u otros motivos al vehículo, quedando entendido que la responsabilidad es del cliente, salvo que haya observado debidamente las clausulas y condiciones del contrato de alquiler. La responsabilidad queda limitada al valor reflejada en la tarifa general vigente en cada momento. Estas responsabilidades pueden eximirse, siempre que el vehículo haya sido utilizado de acuerdo con los tramites y condiciones contenidas en las condiciones generales del contrato de alquiler, mediante el pago de importes adicionales que varían en función del grupo del vehículo, en caso de accidente (CDW) y en caso de robo parcial o total (TP) del vehículo, existiendo siempre una franquicia a pagar por el diente que varía en función del vehículo cuyo valor viene reflejado en la tarifa general vigente en cada momento.
2 - El cliente no puede innovar la exoneración total o parcial de su responsabilidad por cualquier excusa o causa, con la intención de rehusar o demorar el pago de las cantidades debidas al arrendador.
A) Las cantidades correspondientes a la duración del alquiler y daños ocurridos en caso de coalición y que no estén ya cubiertos por la póliza de seguro, las primas del seguro del conductor y de los pasajeros transportados en dicho vehículo alquilado, si tal seguro ha sido convenido y a cubrir eventuales gastos de asistencia médica y sanitaria en el caso contrario si el limite ha sido excedido.
B) Cualquier impuesto, tasas, contribuciones directas e indirectas que graven rentas, primas. gastos e indemnizaciones previstas.
C) Todos los gastos judiciales y extrajudiciales, multas, cartas, desembolsos e impuestos por cualquier cantidad debida por el cliente.
D) Todos los gastos que debe realizar el arrendador, incluso los judiciales y los honorarios razonables del abogado, procurador o notario contratado por el arrendador para obtener el pago de cualquier cantidad debida por el cliente.
E) Los gastos que deba realizar el arrendador para reparar los daños causados por la colisión u otros motivos al vehículo, quedando entendido que la responsabilidad es del cliente, salvo que haya observado debidamente las clausulas y condiciones del contrato de alquiler. La responsabilidad queda limitada al valor reflejada en la tarifa general vigente en cada momento. Estas responsabilidades pueden eximirse, siempre que el vehículo haya sido utilizado de acuerdo con los tramites y condiciones contenidas en las condiciones generales del contrato de alquiler, mediante el pago de importes adicionales que varían en función del grupo del vehículo, en caso de accidente (CDW) y en caso de robo parcial o total (TP) del vehículo, existiendo siempre una franquicia a pagar por el diente que varía en función del vehículo cuyo valor viene reflejado en la tarifa general vigente en cada momento.
2 - El cliente no puede innovar la exoneración total o parcial de su responsabilidad por cualquier excusa o causa, con la intención de rehusar o demorar el pago de las cantidades debidas al arrendador.
5. Seguros
1 - Únicamente el cliente y los conductores aceptados por el arrendador tienen la cobertura del seguro CDW, no es efectivo en caso de inobservancia de esta disposición que implica anulación total de las coberturas inscritas en este articulo. Así como en el caso que el conductor este bajo los efectos del alcohol o las drogas. Queda de la misma manera inaplicable la cobertura del seguro CDW en caso de accidente, ocasionado por negligencia o incumplimiento por parte del cliente o conductor de las condiciones generales del contrato de alquiler por las infracciones relativas a ala legislación de circulación y demás legislación aplicable
2 - El cliente o el conductor autorizado del vehículo y de acuerdo con el artículo 1 de este contrato, participa como asegurado de una póliza de seguro, cuya copia podrá ser examinada en la oficina principal de arrendador. Tal póliza cubre la responsabilidad civil con garantías ilimitadas, así como el seguro obligatorio del automóvil en conformidad con las leyes en vigor del país.
3 - El cliente manifiesta su conformidad con dicha póliza y se compromete a observar sus clausulas y condiciones.
4 - El cliente se compromete a proteger los intereses del arrendador y de la compañía de seguros del arrendador en caso de accidente, durante la vigencia del contrato de alquiler, y en particular. A) Se obliga a informar al arrendador en 24 horas, de cualquier accidente, robo, incendio, incluso parcial, asi como a las autoridades de policía de todo daño, corporal, robo o hurto. B) Se obliga a hacer constar en su declaración las circunstancias, lugar, fecha y hora del accidente, nombre y dirección de testigos, nombre y dirección del propietario del vehículo contrario, matricula de este, compañía aseguradora y numero de póliza del mismo. C) Se obliga a no discutir en caso la responsabilidad, ni transigir con terceros respecto al accidente.
5 - En caso de accidente, queda a cargo de del cliente de una franquicia según la tarifa vigente en relación con los daños del vehículo, esta responsabilidad puede eximirse parcialmente siempre que haya suscrito antes del alquiler, acuerdo con el arrendador, el pago de un importe adicional
6 - El arrendador declina toda y cualquier responsabilidad por perdidas, hurto o daños relativos a objetos y bienes portados por el cliente o que se queden en dicho vehículo "inclusive equipaje o mercancías".
7 - El seguro se extiende únicamente a la duración del alquiler del vehículo, de acuerdo con el contrato de alquiler. Después de ese plazo, y salvo prolongación expresamente aceptada, el arrendador declina cualquier responsabilidad por accidente o daños que el cliente pueda causar, los cuales serian de su exclusiva responsabilidad.
8 - El seguro no abarca a ningún conductor que no esté en posesión del permiso de conducir valido y vigente. Cuando el conductor esté en condiciones anormales, por ingestión, de alcohol drogas u otra causa, el cliente y el conductor serán solidariamente únicos responsables de los perjuicios que pueda sufrir el arrendador.
9 - Incluso, en caso de que el cliente haya aceptado la cobertura CDW todos los daños que sufra el vehículo producidos por la mala utilización del mismo serán imputables al cliente.
A) La utilización del vehículo para fines lícitos, tales como contrabando, robo de transporte ilegal de artículos o mercancías prohibidas, etc.
B) Conducir el vehículo sobrecargado, por encima de los límites permitidos en el permiso de circulación o en la ficha técnica del vehículo.
C) Utilizar el vehículo para cualquier tipo de carrera, incluso a marcha lenta.
D) Conducir el vehículo por sitios que no sean las carreteras autorizadas, tales como playas, caminos inapropiados, montañas, etc., o violación de las señales de tráfico, es decir, semáforos, señales de stop, límites de velocidad, conducción intencionada en sentido contrario al tráfico incumpliendo las normas de seguridad.
E) Daños en los bajos y en la parte superior del vehículo por vandalismo o uso incorrecto del mismo por conducir bajo las condiciones enumeradas en los puntos anteriores. La argumentación de carreteras en mala conservación no será aceptada. El seguro CDW no exime al cliente del pago de los daños causados en la parte superior o inferior del vehículo, cuando no haya colisión. En caso de accidente por exceso de velocidad, ingesta de alcohol, drogas o negligencias, el seguro CDW es nulo. El cliente será responsable del pago de todas las reparaciones efectuadas en el vehículo, así como de una indemnización por el periodo que el vehículo quede inmovilizado.
10 - Si las condiciones generales del vehículo, como consecuencia del accidente no justifican su reparación lo cual será decidido por el cliente será responsable de pago de la diferencia entre el valor actual del accidentado y el calor de un vehículo nuevo o de precio aproximado.
11 - El arrendador declina toda responsabilidad por accidentes a terceros o daños al vehículo que el cliente cause durante el periodo de alquiler si deliberadamente suministra al arrendador informaciones exactas relativas a su identidad, domicilio o validez de su permiso de conducir, y en tal caso el seguro no será válido.
12 - Por acuerdo podrá establecerse en beneficio del conductor y de las personas transportadas, un seguro individual, personal de accidentes cuyo limite consta en la póliza del seguro y, en que se previene también de la cobertura de gastos de asistencia médica y sanitaria de ciertos límites aprobados. Se facilitara información adicional a petición del cliente.
13 - El vehículo podrá circular libremente por toda España, mediante la firma del contrato de alquiler. El vehículo únicamente podrá salir de España peninsular acreditando mediante un documento escrito, firmado y certificado por la empresa propietaria
2 - El cliente o el conductor autorizado del vehículo y de acuerdo con el artículo 1 de este contrato, participa como asegurado de una póliza de seguro, cuya copia podrá ser examinada en la oficina principal de arrendador. Tal póliza cubre la responsabilidad civil con garantías ilimitadas, así como el seguro obligatorio del automóvil en conformidad con las leyes en vigor del país.
3 - El cliente manifiesta su conformidad con dicha póliza y se compromete a observar sus clausulas y condiciones.
4 - El cliente se compromete a proteger los intereses del arrendador y de la compañía de seguros del arrendador en caso de accidente, durante la vigencia del contrato de alquiler, y en particular. A) Se obliga a informar al arrendador en 24 horas, de cualquier accidente, robo, incendio, incluso parcial, asi como a las autoridades de policía de todo daño, corporal, robo o hurto. B) Se obliga a hacer constar en su declaración las circunstancias, lugar, fecha y hora del accidente, nombre y dirección de testigos, nombre y dirección del propietario del vehículo contrario, matricula de este, compañía aseguradora y numero de póliza del mismo. C) Se obliga a no discutir en caso la responsabilidad, ni transigir con terceros respecto al accidente.
5 - En caso de accidente, queda a cargo de del cliente de una franquicia según la tarifa vigente en relación con los daños del vehículo, esta responsabilidad puede eximirse parcialmente siempre que haya suscrito antes del alquiler, acuerdo con el arrendador, el pago de un importe adicional
6 - El arrendador declina toda y cualquier responsabilidad por perdidas, hurto o daños relativos a objetos y bienes portados por el cliente o que se queden en dicho vehículo "inclusive equipaje o mercancías".
7 - El seguro se extiende únicamente a la duración del alquiler del vehículo, de acuerdo con el contrato de alquiler. Después de ese plazo, y salvo prolongación expresamente aceptada, el arrendador declina cualquier responsabilidad por accidente o daños que el cliente pueda causar, los cuales serian de su exclusiva responsabilidad.
8 - El seguro no abarca a ningún conductor que no esté en posesión del permiso de conducir valido y vigente. Cuando el conductor esté en condiciones anormales, por ingestión, de alcohol drogas u otra causa, el cliente y el conductor serán solidariamente únicos responsables de los perjuicios que pueda sufrir el arrendador.
9 - Incluso, en caso de que el cliente haya aceptado la cobertura CDW todos los daños que sufra el vehículo producidos por la mala utilización del mismo serán imputables al cliente.
A) La utilización del vehículo para fines lícitos, tales como contrabando, robo de transporte ilegal de artículos o mercancías prohibidas, etc.
B) Conducir el vehículo sobrecargado, por encima de los límites permitidos en el permiso de circulación o en la ficha técnica del vehículo.
C) Utilizar el vehículo para cualquier tipo de carrera, incluso a marcha lenta.
D) Conducir el vehículo por sitios que no sean las carreteras autorizadas, tales como playas, caminos inapropiados, montañas, etc., o violación de las señales de tráfico, es decir, semáforos, señales de stop, límites de velocidad, conducción intencionada en sentido contrario al tráfico incumpliendo las normas de seguridad.
E) Daños en los bajos y en la parte superior del vehículo por vandalismo o uso incorrecto del mismo por conducir bajo las condiciones enumeradas en los puntos anteriores. La argumentación de carreteras en mala conservación no será aceptada. El seguro CDW no exime al cliente del pago de los daños causados en la parte superior o inferior del vehículo, cuando no haya colisión. En caso de accidente por exceso de velocidad, ingesta de alcohol, drogas o negligencias, el seguro CDW es nulo. El cliente será responsable del pago de todas las reparaciones efectuadas en el vehículo, así como de una indemnización por el periodo que el vehículo quede inmovilizado.
10 - Si las condiciones generales del vehículo, como consecuencia del accidente no justifican su reparación lo cual será decidido por el cliente será responsable de pago de la diferencia entre el valor actual del accidentado y el calor de un vehículo nuevo o de precio aproximado.
11 - El arrendador declina toda responsabilidad por accidentes a terceros o daños al vehículo que el cliente cause durante el periodo de alquiler si deliberadamente suministra al arrendador informaciones exactas relativas a su identidad, domicilio o validez de su permiso de conducir, y en tal caso el seguro no será válido.
12 - Por acuerdo podrá establecerse en beneficio del conductor y de las personas transportadas, un seguro individual, personal de accidentes cuyo limite consta en la póliza del seguro y, en que se previene también de la cobertura de gastos de asistencia médica y sanitaria de ciertos límites aprobados. Se facilitara información adicional a petición del cliente.
13 - El vehículo podrá circular libremente por toda España, mediante la firma del contrato de alquiler. El vehículo únicamente podrá salir de España peninsular acreditando mediante un documento escrito, firmado y certificado por la empresa propietaria
6. Mantenimiento y Reparaciones
1 - El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador, en caso de que el vehículo quede inmovilizado, las reparaciones solo podrán efectuarse mediantes acuerdo escrito y según las instrucciones del arrendador.
2 - Las reparaciones después el efectuadas deberán constar en una factura detallada, con indicación de las piezas defectuosas reemplazadas.
3 - En ningún caso el cliente podrá reclamar daños y perjuicios por retraso de la entrega del vehículo, anulación de alquiler o inmovilización a causa de reparaciones efectuadas durante al alquiler.
4 - El arrendador nos era responsable en caso de lesiones corporales o daños materiales ocasiones por defecto de fabricación o reparaciones anteriores.
2 - Las reparaciones después el efectuadas deberán constar en una factura detallada, con indicación de las piezas defectuosas reemplazadas.
3 - En ningún caso el cliente podrá reclamar daños y perjuicios por retraso de la entrega del vehículo, anulación de alquiler o inmovilización a causa de reparaciones efectuadas durante al alquiler.
4 - El arrendador nos era responsable en caso de lesiones corporales o daños materiales ocasiones por defecto de fabricación o reparaciones anteriores.
7. Combustibles y Aceites
La gasolina o el gasoil quedan a cargo del cliente, que deberá comprobar los niveles de aceite y del agua, así como el nivel del aceite de la caja de cambios. Para obtener el reembolso de los gastos de aceites deberán presentarse las facturas correspondientes, previa autorización del arrendador.
8. Validez del contrato de alquiler
Todas y cualquier modificación de las clausulas del contrato de alquiler deben constar expresamente por escrito, y ser suscritas por ambas partes, sin lo cual quedaran nulas y sin efecto
9. Legislación y Jurisdiccion aplicables
1 - El presente contrato se regirá y será interpretado de acuerdo con las leyes del país en que se hay firmado .
2 - Las cuestiones que se sucinte con motivo de este contrato entre el arrendador y el cliente son de la competencia de los tribunales y juzgados correspondientes al domicilio social de la sociedad propietaria del vehículo alquilado.
2 - Las cuestiones que se sucinte con motivo de este contrato entre el arrendador y el cliente son de la competencia de los tribunales y juzgados correspondientes al domicilio social de la sociedad propietaria del vehículo alquilado.
Articulo 10.
El cliente presta expresamente su conformidad al tratamiento automatizado por parte del arrendador de los datos de carácter personal que voluntariamente han puesto en su conocimiento y que consideran necesarios para la concertación y desarrollo de la relación contractual establecida por el presente documento. Usted autoriza el tratamiento automatizado de sus datos personales, necesario para la prestación del servicio pactado, así como para la oferta y contratación de otros productos y servicios que puedan ser de su interés y de los cuales le informaremos oportunamente. Sus datos personales serán tratados con confidencialidad adoptando el arrendador las medidas necesarias para cumplir la legislación española sobre la protección de datos personales UE 2016/679. Se le informa de los derechos que le asisten de acceder, rectificar y , en su caso cancelar sus datos personales mediante petición escrita dirigida al arrendador.
Así mismo usted presta su consentimiento para que el arrendador ceda sus datos a empresas de su grupo o a otras personas con las que la compañía concluya acuerdos de colaboración para la mejor prestación del servicio pactado. así como efectos de control de crédito, radicadas en España o en el extranjero ( inclusive EE.UU.), respetando, en todo caso la legislación española sobre protección de datos de carácter personales. Si usted incumple este contrato podrán revelarse o entregarse a terceros sus datos personales en la medida en que ello ayude en las gestiones de cobro.
Así mismo usted presta su consentimiento para que el arrendador ceda sus datos a empresas de su grupo o a otras personas con las que la compañía concluya acuerdos de colaboración para la mejor prestación del servicio pactado. así como efectos de control de crédito, radicadas en España o en el extranjero ( inclusive EE.UU.), respetando, en todo caso la legislación española sobre protección de datos de carácter personales. Si usted incumple este contrato podrán revelarse o entregarse a terceros sus datos personales en la medida en que ello ayude en las gestiones de cobro.
He leído y acepto las condiciones de este contrato, de cuyos " términos y consideraciones" recibo una versión en idioma que conozco
El cliente es responsable del pago de todas la infracciones de tráfico y aparcamiento.
Política de cancelación y pedidos:
se aceptan cancelaciones de reservas hasta 48 horas previas al inicio del contrato sin penalizacion, si cancela su reserva 24 horas antes del inicio del contrato tedran una pelizacion del 50 %- Política de
Devolución y reembolso:
en el caso de devolucion del vehiculo con fecha anterior al vencimiento del contrato no se producira ninguna devolución del importe pagado. en el caso de que se genere un reembolso por cancelacion de pedido se realizara el reembolso por el mismo medio de pago del cliente.